Juicio Político

Más que puentes, nos están construyendo barreras

En los últimos años en el estado de Chihuahua el tema del transporte ha ocupado un lugar relevante dentro de la normatividad, baste mencionar que antes de la actual Ley de Movilidad y seguridad vial, publicada el 12 de octubre de 2024 y cuya vigencia dio inicio a partir del 1 de enero de 2025, la anterior apenas se había publicado el 21 de marzo de 2020 y reformado en julio de 2022.

En ese entonces se identificó que, con algunas excepciones, quedaban sujetas a esta ley toda infraestructura terrestre por la cual se realiza el desplazamiento de cualquier tipo de vehículos para el transporte de personas y bienes. Al hacer referencia a los diez principios rectores, entre ellos establece que la Accesibilidad Universal es el derecho de toda persona y de la colectividad, de tener a su alcance sistemas de movilidad y transporte asequibles y adecuados a las necesidades particulares y sociales; así como al desplazamiento por las vías públicas con facilidad, sin obstáculos físicos y de manera segura; poco después también alude a la Equidad como una cualidad de las actuaciones de las autoridades en el servicio prestado que deberán resultar justas, respetuosas, responsables e igualitarias. Respecto a la Igualdad, la asume como las condiciones de acceso al sistema de movilidad, sin exclusión por motivos de origen étnico o nacional, de género, edad, discapacidad, condición social, salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad de la persona. La Participación ciudadana es otro de los principios rectores: en él se consigna que se deberán establecer los mecanismos para que la sociedad civil organizada pueda emitir opiniones, estudios y recomendaciones para mejorar la calidad del servicio de transporte.

Ahora bien, un punto a resaltar de la nueva ley es que abona aspectos importantes que se desarrollan de manera transversal en todo su contenido. Lo primero: la seguridad y no solo movilidad, y lo segundo, por mucho lo más relevante, es que pone como centro a las personas, asumiendo que el uso de los sistemas de movilidad debe procurarse para todas las personas en condiciones de igualdad. Ya desde la norma anterior se hablaba de este concepto, igualdad, sin embargo, ahora se coloca explícitamente al ser humano en el centro de ella, como cuando expresa que velará por el acceso de mujeres y niñas a transporte de calidad, seguro y eficiente, fomentando acciones para eliminar la violencia basada en género y el acoso sexual. Y ¡Por fin! Habla de los peatones, invisibles en la ley anterior; considera de su interés establecer y en su caso mejorar las áreas para tránsito peatonal al igual que las de uso vehicular, conforme a la jerarquía de movilidad prevista precisamente en esta ley.

Concede el derecho a la movilidad que toda persona tiene cuidando su integridad física y la prevención de lesiones, y la accesibilidad de todas las personas, en igualdad de condiciones, con dignidad y autonomía, a las calles y a los sistemas de transporte, priorizando a los grupos en situación de vulnerabilidad para eliminar factores de exclusión o discriminación. En general propone un glosario mucho más amplio que no anula, pero sí complementa al anterior.

En cuanto a la jerarquía de la movilidad coloca a los usuarios de la siguiente manera: I. Personas peatonas, con un enfoque equitativo y diferenciado en razón de género, personas con discapacidad y movilidad limitada; II. Personas ciclistas y personas usuarias de vehículos no motorizados; III. Personas usuarias y prestadoras del servicio de transporte público de pasajeros, priorizando a grupos vulnerables; IV. Personas prestadoras de servicios de transporte y distribución de bienes y mercancías y, por último, V. Personas usuarias de vehículos

Ahora bien, todos, sí, todos los componentes de los sistemas de movilidad deberán incluir a todas las personas, es decir, seguir los principios del diseño universal, como ya se hablaba desde 2020.

Entonces Usted se preguntará: ¿por qué se está haciendo referencia a una ley ya obsoleta, siendo que ya aplica una nueva debe acatarse? Pues, aunque ya deberían saberlo, se está tratando de enterar a los responsables de colocar una serie de puentes peatonales que quienes deben ser los primeros en acatarla, ellos, están fuera de la ley -¿por qué lo hacen?- y que más que ayudar están excluyendo a niños, mujeres embarazadas y con bebés en carriolas, a quienes tienen lesiones o una discapacidad, y a personas de la tercera edad. Además, dicho sea de paso, contribuyen a empeorar la imagen de la ciudad con tanto anuncio. No, no son “vacas” como les llaman a quienes cruzan las calles corriendo el riesgo al que fueron orillados: son personas a las que se les viola su derecho a la ciudad.

Elvira Maycotte / Escritora

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