Juicio Político

La inconsistencia de las medidas contra la embriaguez

Las fiestas decembrinas son motivo de regocijos mil, y en el contexto de la celebración se da por libar cantidades significativas de bebidas alcohólicas, propiciando el exceso y mermando la capacidad para comportarse correctamente en las reuniones o en el tránsito a sus hogares. Otro caso son bebedores habituales que lo beben en sus propias casas o en sus oficinas, que no les ocasiona embriaguez y dado el caso, pasarían los controles públicos.

Los hay también quienes conforman el grupo de alcohólicos que no pueden prescindir de beber cantidades significanticas de licor por que sí o por que no, pudiendo llegar a estados unifuncionales para por ejemplo tripular un vehículo o desempeñar un puesto. Se podría ampliar la lista de grupos que en todo tiempo y al margen de cualquier festividad o con ella, beben poco o mucho, pero que deben ajustar su apetencia o previsión de ella, a horarios que las autoridades responsables de establecer horarios para los establecimientos que venden bebidas alcohólicas en envase cerrado o abierto, y por razones que no se entienden, los bebedores pueden alargar las horas para ingerir sendas cantidades de “bebidas espirituosas”.
La vida de las personas en sociedad está constreñida por numerosas leyes, normas y reglas, y es inevitable para salvar el caos o la anarquía. En definitiva, no se puede hacer lo que a uno le “venga en gana”, lo que su estado anímico o sus impulsos le dicten. Existen a para casi todos preexisten disposiciones que pretenden conducir nuestra conducta personal en lo familiar y social. No obstante, tropezamos con normas o reglas cuya racionalidad dista de atender a los supuestos propósitos para los cuales se diseñaron y establecieron.

Hay casos verdaderamente aberrantes como la disposición constitucional para prohibir los sustitutos electrónicos de los cigarrillos por sus daños a la salud propia y ajena. ¡En la Constitución Federal! A mi me parece propia de un reglamento de una Ley. Y sin embargo, no prohíben los cigarrillos que sin duda provocan tanto o más daño que los sustitutos.
Pero al margen de este tipo de disposiciones cuya motivación y lógica son difíciles de comprender, se dan otras como las relativas la venta de bebidas alcohólicas.
Las supuestas motivaciones de las disposiciones relativas pretenden proteger la “moral y las “buenas costumbres”. Ya las exposiciones de motivos de los reglamentos y leyes ni las mencionan, generalmente se encumbren tras la protección a la salud y la preocupación por la seguridad pública.
La salud es un derecho humano y una obligación del Estado, y por ello debiera acoger a las personas alcohólicas y drogadictas y tratarlos como lo son: enfermos. Sin embargo, de la condición de unos no se desprende que deban existir normas que restringen la libertad o la responsabilidad de las personas o la autonomía de decisión de estas.

Soy de las personas que prefiere acudir al “súper” temprano o muy tarde, pero me encuentro que no se puede comprar una botella de brandy, porque el horario establecido por la autoridad correspondiente corre de 9:00 AM a 8:00 PM, así que tengo que hacer un viaje especial para obtener el bien (se entiende que económico), bebida alcohólica.
La medida me parece absurda, al menos que se pruebe que los que van al mercado a comprar bebidas alcohólicas embotelladas lo hagan para embrutecerse y provocar daños a terceros por que en cuanto salen del expendio se prenden de la botella. Y no creo que lo puedan probar. Y lo absurdo de la disposición se derrumba en sus cimientos, tomamos en cuenta que las mismas autoridades permiten que se ingieran estas bebidas en envase abierto o por copeo, en establecimientos que están abiertos hasta altas horas de la noche, y donde pueden ocurrir los que son afectos por ponerse de “ánimos” o hasta el “cepillo”. Lo cual no quiere decir que todos los parroquianos de los bares y cantinas lo hagan. O en las fiestas por diversos motivos, sobre todo si son de esponsales. De aquí algunos salen en condiciones inadecuadas o sencillamente inaceptables. Estas ocasiones y sitios arrojan con frecuencia algunos ciudadanos que más tarde provocan accidentes o provocan en ellos, daños o hasta la muerte de otros que ni la deben ni la temen.
La prohibición de expender bebidas alcohólicas con motivo de algunos eventos políticos, como elecciones, estableciendo la “Ley Seca” tal vez presumiendo que los ciudadanos aprovechan el día previo y el del evento para celebrar la libertad de elección y con ese pretexto libar hasta embrutecerse, tomar la pistola y echar vivas o vaciársela al vecino y contrincante político. ¡Por favor! Estamos en el siglo XXI. Y los borrachos saben que pese a todo, en hechos como el relatado no cabe la impunidad que caracteriza a la procuración de justicia.
Creo que ha llegado el tiempo de revisar los atavismos que sustentan estas medidas que demeritan el valor de los comportamientos reales de las personas en nuestra sociedad y en nuestro tiempo. Escanciar o ingerir bebidas alcohólicas es ante todo, una responsabilidad personal, toda vez que afecta nuestra salud y el bienestar de los cercanos y conciudadanos.

Armando Sepúlveda Sáenz

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